PRAXIS
MEDICA
PROTECCION
DEL PROFESIONAL
Suplemento del Diario del Mundo Hospitalario
Publicación de la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad
de Buenos Aires
Año
6 . Nº 26 . Setiembre de 2002.
IMPORTANCIA
MEDICO-LEGAL DE LA FICHA ANESTESICA
La
administración de anestesia es un acto médico, por lo tanto, su actuación
profesional tiene que ser registrada en la denominada ficha anestésica. Su
confección puede ser manual o informatizada, e importa una enorme
trascendencia médico-legal.
Constituye la prueba pericial que aporta al juez abundantes elementos o
indicios de lo actuado por el profesional
IMPORTANCIA MEDICO-LEGAL DE LA FICHA ANESTESICA
Dr. Miguel Pini
Médico legista, anestesiólogo del hospital Álvarez
Dr. Oscar Lossetti
Médico forense de la Justicia Nacional, anatomopatólogo
Dr. Fernando Trezza
Médico forense de la Justicia Nacional, anatomopatólogo
La administración de anestesia es un acto médico, por lo tanto, su
actuación profesional tiene que ser registrada en la denominada ficha
anestésica, de gran importancia médico legal
La administración de anestesia es un acto médico. Fundamentalmente implica
el reconocimiento de tres fases o períodos netamente distinguidos.
El que es llamado período perioperatorio o intraoperatorio, tiene como
escenario principal el quirófano, siendo quizás el que integra
mayoritariamente la concepción del pensamiento vulgar no médico. Pero
además, dicho período se encuentra íntimamente ligado a un antes, el período
anestésico, y a un después, el período postanestésico, ambos de igual
importancia.
El anestesiólogo, cuando actúa como integrante de un equipo médico, debe
asistir a un paciente en variadas circunstancias como cirugías programadas,
de urgencia o emergencia. Extiende su asistencia a enfermos atendidos por
las distintas especialidades quirúrgicas con diferentes grados de
complejidad, cada una con sus peculiares características: basta solamente
con referir la anestesia obstétrica, donde colabora para llevar a buen
término un acontecimiento feliz. Por lo tanto, como acto médico responsable,
su actuación profesional tiene que ser registrada acorde a cada situación.
El registro comprende básicamente la denominada ficha anestésica.
Hay que destacar que el primer registro anestésico intraoperatorio del que
se tiene referencia, es atribuido a Harvey Cushing y data de 1894. Comenzó
consignando las variaciones de la frecuencia de pulso y de la respiración,
trasladándolo luego, en 1902, a una gráfica de ejes cartesianos en función
del tiempo. Hasta la fecha no deja de tener vigencia su advertencia: la
importancia en la toma de decisiones en la etapa intraoperatoria.
Hoy, la ficha anestésica es un registro temporal pormenorizado de lo que el
anestesiólogo realiza (e indirectamente puede reflejar también al cirujano)
y la respuesta del paciente, casi en el mismo momento en que están
ocurriendo los hechos; o sea, detalla la evolución del enfermo sometido al
acto anestésico quirúrgico y sus contingencias. Abarca, además, los datos
obtenidos durante la visita preanestésica y la recuperación postanestésica.
Su confección puede ser manual o informatizada, e importa una enorme
trascendencia médico-legal. Puede recurrirse al abundante material
bibliográfico existente para profundizar en el tema con respecto a su
contenido.
Los aspectos básicos desde el punto de vista médico-legal en el momento de
su confección tienen que ver con las características de la especialidad.
1. En el período preanestésico se establece el primer contacto de una
relación médico-paciente, que el Dr. Wikinsky calificó como “indirecta,
breve y transitoria y, por lo tanto, frágil”, incluso cuando el
anestesiólogo que realiza la entrevista preanestésica sea el mismo que esté
a cargo de la anestesia. Esto muchas veces trae aparejada la falta de
correcta información al paciente o sus familiares. El paciente muchas veces
pregunta sobre “qué anestesia me van a hacer”, o simplemente expone que
“prefiere ser dormido” frente al planteo de una anestesia regional, y este
último detalle debe ser convenientemente consignado en el ítem reservado a
los datos preanestésicos; más aún, cuando la entrevista se realiza en un
consultorio de preanestesia y por un profesional al que a lo mejor no verá
en el quirófano, y comunicarle al paciente que su decisión se encuentra
registrada en su historia anestésica para advertir al profesional que se
hará cargo de la anestesia. El valor médico-legal de la entrevista
preanestésica radica fundamentalmente en la diligencia que se demuestre en
este acto. De allí la importancia de registrar todo lo actuado que interese
o pueda interesar al posterior desarrollo del procedimiento. No contar con
un consultorio formal de preanestesia no exime al anestesiólogo de esta
responsabilidad.
2. Tanto en el denominado período perioperatorio como en el llamado
intraoperatorio pueden ocurrir accidentes anestésicos. Los expertos dicen
que la consecuencia del accidente anestésico es en general el daño
neurológico grave, cuya recuperación total o parcial será intentada por
profesionales de otra especialidad, o la muerte del paciente. Con respecto a
este último, advierten que es fundamental distinguir la muerte por
anestesia, y la muerte bajo anestesia. La persona anestesiada puede morir
por acción de la anestesia, y en estos casos los accidentes suelen ser
específicos como la aspiración de vómito o regurgitación, hipotensiones
severas debido a los cambios de posición, sobredosis que no han sido
revertidas lo suficiente. Pero la muerte bajo anestesia necesita un profundo
estudio para determinar su mecanismo. En estos casos, será de rigor
demostrar diligencia, prudencia y pleno conocimiento de las cosas.
3. En el período postanestésico tiene lugar la recuperación del
procedimiento. Puede terminar de controlarse en una sala de recuperación a
cargo de profesionales entrenados. En muchos casos, el paciente debe ser
internado en la unidad de cuidados intensivos, porque así lo requieren las
circunstancias. Pero puede suceder que la recuperación se lleve a cabo en el
quirófano totalmente, debiéndose prestar atención a muchos detalles que bien
documentados pueden ahorrar muchos disgustos, más cuando el paciente es
trasladado a su cama por el camillero de turno que lo depositará en la
habitación o sala, con algún familiar o, como no debiera suceder, será
dejado solo. No sería la primera vez que las lamentables consecuencias de
hipotensión o depresión respiratorio inadvertida involucran al equipo
quirúrgico en una acción judicial.
Conclusiones
De lo expuesto, se deduce que la confección de la ficha anestésica debe ser
encarada con la responsabilidad que conlleva todo acto médico, ya que es
obligación del profesional llevar un correcto registro de lo actuado en el
paciente (tal resgistro es un derecho de este último), entendiéndose como
obligación “la de hacer algo según lo establece una norma, ley o principio”
(deontología).
El anestesiólogo no puede descuidar esta obligación porque la correcta
confección de la ficha anestésica habla de su conducta como médico:
a) Es un documento que acredita diligencia, o sea, sentido del deber. Es el
cumplimiento de los principios elementales relacionados con el arte de la
profesión. Debe reflejar prudencia ya que se afronta un riesgo tomando los
debidos recaudos para evitarlo: espera que se cumpla el ayuno, pero si no se
puede indica medicación para evacuar el estómago y aumentar el ph gástrico,
y/o utiliza maniobras en el momento de intubación (o incluso llega a la
intubación vigilada).
b) Es un testimonio, por lo tanto debe ajustarse a la verdad. Para su
confección hay cuestiones de fondo y forma muy valoradas por los peritos y
letrados, las que giran sobre todo en su contenido técnico, pero también en
la calidad de su permanente relato de los acontecimientos. Resulta obvio que
ante un accidente anestésico, reconstruir lo que realmente sucedió en el
quirófano es sumamente difícil y complejo, por no decir casi imposible,
debiendo las más de las veces conformarse hipótesis teóricas sobre los
asientos de la ficha anestésica, lo que jerar-quiza como de extrema
importancia jurídica. El detalle pormenorizado de los acontecimientos con su
correspondiente horario proporciona valiosos elementos para la labor
pericial.
c) Constituye la prueba pericial que aporta al juez abundantes elementos o
indicios de lo actuado. Se suele leer en los fallos: “La historia clínica es
ilegible en algunas partes y se encuentra incompleta y mal confeccionada” o
“es sumamente deficiente (...) con lo cual puede constituir una presunción
en contra del profesional”. En la bibliografía, se muestra cómo la doctrina
jurídica recalca que el hecho de las imperfecciones en la historia clínica
constituyen un error imputable al profesional.
Por esa razón, la historia clínica de anestesia no es una formalidad, sino
un documento con un convincente valor probatorio, preferido por los jueces,
en orden de confiabilidad, como prueba escrita ya que puede ser objeto de
análisis por los expertos.
Se debe tener presente que la imputación de incompetencia es puntual. Esto
significa que se demanda por un hecho determinado en tiempo y sobre una
persona (en la fecha tal y en el caso de un paciente con nombre y apellido).
El grueso curriculum con el que se cuente, tiene muy poca inferencia y, de
hecho, en muchos juicios orales los testigos afirman que el médico imputado
es un excelente profesional. Por eso la omisión de datos en una ficha de
este tipo, así como la gravedad de no tenerla, le resta posibilidad de
acreditar o no su responsabilidad.
La complejidad de algunas intervenciones y la cantidad de parámetros a
monitorear jerarquizan hoy en el mundo la ficha informatizada, a punto tal
que en muchas partes de los Estados Unidos se retira la demanda cuando se la
ofrece.
Para finalizar: la ficha anestésica es el documento cuyo contenido y
calidad, con la firma y el sello del profesional actuante, debe reflejar lo
sucedido en el paciente y permitir demostrar cuál fue su conducta, en el
sentido más amplio de la palabra, durante los tres períodos del acto
anestésico que fueron detallados.
1. URRUTIA, A.R.; URRUTIA, D.M.; URRUTIA, C.A.; URRUTIA, G.A.
Responsabilidad Médico-legal de los anestesistas. Buenos Aires, Ed. 1996.
2. WIKINSKY, J.A.; PIAGGIO, A.N. “La historia clínica de anestesia y sus
implicancias médico-legales”. Art. Especial. Rev. Arg. Anest. (1993), 51, 1:
15-36.
3. VEIGA, A.; DEMORO, S.; DABEZIES, A.; FREIRE, H. “Documentación
intraoperatoria: nueva forma de datos. Anestesia-Analgesia-Reanimación”.
Revista de la S.A.U. Vol. 12, Nº 1, 1995.
4. CAPRIA, J.J.; GOMEZ ROCCA, M. TIBALDI, F. con colaboración de WIKINSKY,
J.A. “Comparación de una información obtenida mediante una ficha anestésica
manual vs. una automática computarizada. Análisis de los datos y su
implicancia médico-legal”. Art. de investigación clínica. Rev. Arg. Anest.
(1997), 55, 3: 142-143.
5. KROLL, D.A. “The legal implications of computarizes anesthesia records:
an admittedly biased review”. Seminars in Anesthesia, Vol. X, Nº I (March
1991, pp 30-35).
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