PRAXIS MEDICA

PROTECCION DEL PROFESIONAL

Suplemento del Diario del Mundo Hospitalario

Publicación de la Asociación de Médicos Municipales de la Ciudad de Buenos Aires

Año 8 . Nº 36 . Octubre de 2004.

Coordinadores: Jorge Gilardi y Jorge Iapichino


Etica y praxis médica: Algunas reflexiones

La relación médico-paciente enfrenta crecientemente conflictos y dilemas éticos que reflejan la puesta en crisis de valores sociales. En esta edición, presentamos un artículo que realiza un detallado recorrido por los derechos y obligaciones que reglan este vínculo, tan importante para el adecuado ejercicio de la praxis médica y el respeto de la autonomía del paciente


SUMARIO

Tema de Tapa

Etica y praxis médica: Algunas reflexiones


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Etica y praxis médica: Algunas reflexiones

En la relación médico-paciente se observan conflictos y dilemas éticos que reflejan la puesta en crisis de valores sociales. En este artículo, se hace un repaso de los principales derechos y obligaciones que reglan este vínculo tan importante para el buen ejercicio de la praxis médica

Dr.Roque O. Nigro
Médico Legista (UBA)
Jefe de Ortopedia y Traumatología del hospital Piñero

Dra. Carmen M. Ferraiolo
Médica Legista (UBA)
Presidenta del Comité de Bioética del hospital Piñero

En la relación médico-paciente se observan con mayor frecuencia conflictos y dilemas éticos, que son el reflejo de una situación donde lo referente a la salud se desarrolla en una sociedad con valores que padecen una crisis recurrente. Para una respuesta adecuada, el equipo de salud requiere que su saber técnico-científico se aplique con decisiones correspondientes a valores morales individuales, profesionales y sociales que les permitan lograr el bien esperable de toda acción para la salud.

La ética, como rama de la filosofía, es el ordenamiento moral de los actos de la vida del individuo considerando lo correcto o incorrecto, lo bueno o malo. La deontología considera el comportamiento en el área profesional señalando los deberes (1), y la bioética estudia la conducta humana a la luz de los valores y principios morales en el campo de las ciencias biológicas y de la atención de la salud (OPS).

Estos conceptos permiten adoptar las conductas más correctas en el plano profesional de la atención de la salud y evitar las que puedan ocasionar daño, orientándolas según el principio que permita lograr el bien deseado.

Los principios morales en el ejercicio profesional deben ser aceptados por los pares y no contradecirse con las leyes de fondo. Pueden sufrir alguna modificación con las transformaciones culturales y socioeconómicas, pero no tienen el carácter de transitoriedad, relatividad o provisionalidad (2) del conocimiento científico.

La inmutabilidad de los principios bioéticos como la beneficencia, no-maleficiencia (3),equidad, autonomía, respeto a la vida y dignidad de la persona resultan cardinales en la continua toma de decisiones requeridas en las acciones para la salud, siendo justamente esta línea y no sólo el conocimiento técnico-científico, la determinante proporcional de una decisión terapéutica, convirtiéndola más en un juicio prudencial que científico (4).

La bioética no debería utilizarse para justificar restricciones asistenciales y/o prestacionales a pacientes y legitimi-zar así políticas sanitarias economicis-tas racionando tratamientos médicos (bioética “justificativa”) (5); por el contrario, sus principios propenden a la equidad, a la accesibilidad a la salud y al respeto de los derechos de las personas.

Entre los postulados éticos se encuentra el tratar al paciente, o mejor a la persona-paciente, como quisiéramos ser tratados. Para lograrlo se requiere no sólo un diálogo franco y abierto, sino también interpretar su propia visión y valoración de la situación. Al respecto, una encuesta efectuada en sala de internación develó que las cualidades del médico que más valoraba el paciente eran la conciencia profesional, seguida de la exactitud en el diagnóstico y la abnegación (cuadro 1).

Resulta en apariencia que la cualidad más apreciada por el paciente es el conocimiento del médico del bien que espera que realice, aplicando el conocimiento reflexivo y exacto, con una actuación sólida, sin engaño ni fraude; es decir que espera principalmente una conducta recta más que un cúmulo de conocimientos científicos. En la relación del equipo de salud con el paciente se generan también aspectos emocionales, donde un grado de empatía resulta necesario para que dicho aspecto sea positivo y contribuya a contener eficazmente la situación.

Los aspectos deontológicos en la atención de la salud surgen de códigos de ética producidos por pares, dependiendo su aplicación de la inten-cionalidad y devienen en fundamento para la legislación donde lo normado para la conducta profesional es transformado por el legislador en coercitivo (ley).

El artículo19.3 de la ley 17.132 que rige el ejercicio de la Medicina, promulgada en 1967, dispone:

“Respetar la voluntad del paciente en cuanto sea negativa a tratarse o internarse, salvo los casos de inconsciencia, alienación mental, lesionados graves por causas de accidentes, tentativas de suicidios o de delitos. En las operaciones mutilantes se solicitará la conformidad por escrito del enfermo, salvo cuando la inconsciencia, alienación o gravedad del caso no admitiera dilaciones. En los casos de incapacidad, los profesionales requerirán la conformidad del representante del incapaz”.

Encuentra explícito antecedente en el Código de Ética de la Confederación Médica de la República Argentina (COMRA) (6), aprobado en 1955:

Artículo 15: “El médico no hará ninguna operación mutilante (amputación, emasculación, etc.) sin previa autorización del enfermo, la que se podrá exigir por escrito o será hecha en presencia de testigos hábiles. Se exceptúan los casos en los cuales la indicación surja del estado de los órganos en el momento de la realización del acto quirúrgico o el estado del enfermo no lo permita. En estos casos se consultará con el miembro de la familia más allegado o en ausencia de todo familiar o representante legal, después de haber consultado y coincidido con otros médicos presentes. Todos estos hechos conviene dejarlos por escrito y firmados por los que actuaron”.

Artículo 17: “El mismo criterio se seguirá en todos los casos de terapéuticas riesgosas a juicio del médico tratante”.

Artículo 18: “El médico no practicará ninguna operación a menores de edad sin previa autorización de los padres o tutor del enfermo. En caso de menores adultos, su consentimiento será suficiente tratándose de operaciones indispensables y urgentes si no hubiese tiempo de avisar a sus familiares. Conviene dejar constancia por escrito”.

Sobre los derechos en la relación médico-paciente

Los derechos de los pacientes en el aspecto ético están basados en los principios de beneficiencia, no male-ficencia, libertad y autonomía; pueden citarse los siguientes derechos:

1- A ser tratado por un médico que esté libre para tomar decisiones clínicas y éticas sin interferencia ajena (7). En la relacion médico-paciente se deben evitar las interferencias, primando el interés del paciente en todos los casos y no intereses o voluntad de terceros.
2- A elegir libremente su médico y el efector en la medida en que exista la posibilidad (8), por disponibilidad en el ámbito de la salud pública, cláusulas contractuales en las empresas privadas o de afiliación en obras sociales. 3- Al respeto de su honra y reconocimiento de su dignidad (9) sin ser objeto de discriminación por sexo, edad, nacionalidad, razones socioeco-nómicas, ideológicas, sindicales, políticas, morales, de enfermedad, culturales, de credo o de cualquier otro orden.

4- A la confidencialidad de todos los detalles médicos y personales que proporcione, teniendo como eximentes la justa causa (cuando la autoridad judicial la solicita) o se encontrare en riesgo la vida o la salud de terceros.

5- A rechazar o recibir asistencia espiritual y moral, inclusive la de un ministro religioso. El respeto a la dignidad de la persona incluye el del credo que profesa.

6- A una muerte digna (ver recuadro Muerte digna).

7- A la información continua, completa y confiable sobre su estado (11). Siempre que sea posible, esta información debería ser suministrada por el mismo médico (médico “comuni-cador”) facilitándose el establecimiento de canales de comprensión, tanto con el paciente como con sus familiares.

Cuando existen múltiples profesionales que brindan la información pueden presentarse contradicciones in-voluntarias nocivas para la relación médico-paciente porque propenden a la desconfianza y a la confusión.

8- A otorgar el consentimiento informado o, en caso contrario, negarse al tratamiento y a ser informado de las consecuencias en orden a su derecho de autonomía.

Este principio, según Pellegrino (12), es la capacidad de autogobier-no propio del raciocinio del ser humano, que le permite una elección razonada desde sus propios valores de las diversas opciones terapéuticas comunicadas.

Así, el consentimiento informado del paciente resulta ser un proceso de información y decisión desde su propio entendimiento y valoración cultural, producido sin restricciones ni condicionamientos.

Las explicaciones brindadas por el médico deben ser sencillas y claras. Por ejemplo, en el caso de una práctica quirúrgica podría explicarse el diagnóstico, el tipo de intervención/es, los tratamientos alternativos posibles si no se acepta, qué puede ocurrir si no se opera o se difiere, qué tipo de anestesia se utilizará, el tipo de incisiones a utilizar, tiempo estimado, período de internación y rehabilitación, qué complicaciones y secuelas (las más frecuentes).

9- A interconsultas, y/o a una segunda opinión con conocimiento de su médico tratante (1), pero no es éti-camente aceptable que efectúe tratamientos paralelos.

Entre los derechos del médico se encuentran

1- A recibir una remuneración digna, justa y oportuna por su labor (1), como toda persona que fundamenta en su trabajo su medio de vida; dicho derecho hace directamente a su dignidad como persona.

2- A recibir un trato digno por parte de los pacientes, sus familiares y de las instituciones donde lleva a cabo sus tareas (1). En la relación médico-paciente debe primar la buena fe, el entendimiento y el respeto de la dignidad, tanto del paciente y sus familiares como del propio equipo de salud, ya que no debería haber asimetría alguna en este aspecto entre los mismos.

3- A la libre elección de sus enfermos excepto casos de urgencia (6), pudiendo abandonar o transferir la atención del paciente a otro colega cuando no se ha establecido una buena relación médico-paciente, si el paciente no cumple con las indicaciones y si se entera que es atendido por otro profesional (1, 6).

4. A ejercer y recetar libremente conforme a su ciencia y conciencia (6) debiendo contemplar si el paciente, por razones económicas, no puede adquirirlo o cuando por razones de normativas del servicio, institución o establecimiento en que actúa se establezcan alternativas. En todos los casos debe actuarse en beneficio del paciente y no de terceros.

Es aceptado que la relación médico-paciente es asimétrica, en cuanto a que: tiene mayor poder el médico -pues es el que posee los mayores conocimientos- que el paciente, quien padece además la minusvalía propia de su afección. También es asimétrica en los derechos del paciente, que posee mayor cantidad de derechos y el médico mayores obligaciones.

Es necesario interpretar que la relación médico-paciente debe constituirse en digna entre dos personas, de lo contrario pasaríamos sin solución de continuidad del paternalismo del médico al despotismo del paciente.

Sobre la proporcionalidad en el tratamiento

La indicación de un tratamiento se basa en la utilidad que pueda tener para mejorar la salud y la calidad de vida del paciente. Bernard Lo (1989) (4) sostiene que además de su utilidad y ordinariedad, se deben considerar los deseos expresos del paciente en su implementación, considerando que el deber primario del médico es ayudar a su paciente y no a terceras partes (Relman 1983).

Los tratamientos médicos deben considerar la calidad de vida del paciente y creemos que quien debe juzgar qué es calidad de vida es el propio paciente y no el médico ni la familia del paciente. En cuanto al costo económico del tratamiento, tampoco es decisión médica. La justipreciación y razonabi-lidad del mismo es del paciente.

En la proporcionalidad de las medidas terapéuticas (Serani y col.,1993), la relación esfuerzo/beneficio, donde esfuerzo es el sufrimiento del paciente y el esfuerzo que realiza el médico en dicho tratamiento, mientras que el beneficio es el bien (o el mal evitado) en el resultado obtenido. La proporcionalidad de un tratamiento médico resulta más que una determinación científica, un juicio prudencial informado, recto y experimentado.


Cuadro 1

Cualidades del médico que parecen ser las más importantes para el paciente

Conciencia profesional 66%
Exactitud en el diagnóstico 62%
Abnegación 51%
Seguridad en las decisiones 35%
Conocimientos científicos 33%
Tiempo consagrado a los enfermos 12%
Sinceridad 12%
Desinterés 11%
Cordialidad 8%
Autoridad 5%

Muerte digna

Es conveniente considerar algunos términos relacionados (9) con el derecho a una muerte digna.

Eutanasia: es la acción médica que pone fin directamente a la vida del enfermo próximo a la muerte que así lo solicita, para dar término a su agonía; es activa (por comisión de actos) o pasiva (por omisión de actos).

Distanasia: prolongación exagerada de la agonía de un paciente, utilizando recursos terapéuticos desproporcionadamente (encarnizamiento terapéutico).

Ortonasia: es la muerte “a su tiempo” limitando el tratamiento inútil y absteniéndose del desmesurado. Se trata de acompañar para el morir en paz y no de provocar la muerte. “El morir como proceso, la muerte como evento”.

Ante un paciente terminal, se debe evitar la aplicación de tratamientos extraordinarios de los que nadie puede esperar  ningún tipo de beneficio (13), asistiendo al enfermo hasta el final, tratando de mantener la mejor calidad de vida posible y su dignidad como persona (14).  


Bibliografía 

1- Asociación Médica Argentina. Código de ética para el equipo de salud, 2001.

2- Keklikián R; Fernández C. Ciencia y conciencia en perinatología. Actualidad gineco-obstétrica, Ed. Clínicas Argentinas; 81-98, 1996-1997.

3- Beauchamp T; Mc Cullough L. Ética médica. Las responsabilidades morales de los médicos. D. labor,1984.

4- Lavados M; Serani A. Ética clínica, p.129-139, Ed. Universidad de Chile, 1993.

5- Berlinguer, Giovanni. Ética en salud, p.17-18, Lugar Editorial,1994.

6- Riú J. Responsabilidad profesional de los médicos, p.128-130, Ed. Lerner, 1980.

7- Asociación Médica Mundial o Declaración de Lisboa. Derechos del paciente, 1981.

8- Ley básica de salud de la Ciudad de Buenos Aires. Ley 153, Cap.2, art.4 f “Derechos y Obligaciones de las personas”. Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, 1999.

9- Blanco L. Muerte digna. Consideraciones bioético-jurídicas, p.20 y 30-32, Ed. Ad-Hoc, 1987.

10- Convención Americana sobre derechos humanos. Pacto de San José de Costa Rica, ley 23.054, 27/3/84. Art.11.

11- “Derechos de los pacientes”, Actas Congreso Internacional de Daños, 1991.

12- Kraut A. Derechos de los pacientes, Ed. A. Perrot, 1997.

13- Asociación Médica Mundial. Código de ética, 1983.

14- Organización Médica Colegial de Cataluña. Código de ética y deontología médica, 2000.

volver