| Editorial
Por el Dr. Jorge Gilardi |
|
|
La elocuencia de los hechos |
![]() |
|
|
|
|
La reciente modificación efectuada por la Secretaría de Salud a los decretos 1.317 y 1.318, que establecían un marco regulador para la convocatoria a concursos públicosde cargos directivos en los hospitales de la Ciudad de Buenos Aires, comprueba una vez más que teníamos razón. La prórroga a la inscripción de los aspirantes se ha prolongado por segunda vez, caducando ahora el día 30 de noviembre del presente año . Las dilaciones y retrocesos en las decisiones administrativas nos muestran cómo resulta necesario generar a tiempo los consensos con las entidades representativas del sector salud para que sean sustentables. Y allí advertimos también lo que los hechos acabaron confirmándonos. El envío de una partida presupuestaria adicional al hospital Rivadavia, luego del simbólico abrazo que médicos, profesionales, trabjadores y vecinos protagonizaron a fines del mes pasado para reclamar una respuesta ante la carencia de insumos críticos, tecnología obsoleta y deterioro edilicio y ante un déficit presupuestario que amenazaba su funcionamiento operativo, también comprueba que teníamos razón. Más allá de las modificaciones, es necesario revisar nuevamente las diferencias entre el decreto original formulado por la Secretaría y lo planteado históricamente por nuestra asociación. Mientras que el decreto de la Secretaría aludía a las ventajas del gerenciamiento desde un modelo sostenido en la experiencia del Managed Care, cuyos resultados muestran un dudoso éxito en aquellos países en los que más se ha aplicado, nuestra asociación destaca el valor de una administración eficiente que no reniegue de los valores fundamentales de la atención médica. Mientras que el decreto de la Secretaría insistía con la denominación de cliente, término extraído de la tradición anglosajona y que en nuestro medio se aplica en la esfera comercial, nuestra asociación destaca el concepto de paciente, eje nodal de los esfuerzos que deben guiar al sistema de atención sanitaria. Mientras que el decreto de la Secretaría indicaba la decisión excluyente de presentarse bien al concurso de director o bien al de subdirector, en la versión ahora modificada se resguarda la posibilidad de concursar en un nivel directivo menor, si no se obtuvo la posibilidad de acceder al de mayor nivel jerárquico, ampliando las oportunidades para quienes demuestren probados méritos para el cargo. Mientras que el decreto original señalaba la necesidad de efectuar los concursos de forma específica para cada hospital, impidiendo ello la adjudicación de profesionales idóneos cuando las aspiraciones de estos se concentran en las vacantes de aquellos hospitales identificados como de mayor estructura, en la versión modificada se establece la necesidad de concursar según categorías de hospitales (agudos, pediátricos, psiquiátricos, monovalentes), de forma tal que no desincentive el mérito y no se coarten las redes formales de atención. Estamos conformes con los logros. Haber promovido la concepción de que la competencia no se restringe a aprovechar las oportunidades de mercado, sino que constituye el desafío cotidiano para dotar de excelencia científica nuestra práctica profesional. Haber señalado a tiempo que la flexibilidad en el uso de recursos no implica otorgar superpoderes que amplíen el margen de discrecionalidad y arbitrariedad de quienes detentan cargos de conducción, y sí atenta contra nuestros principios. Haber modificado las facultades para la determinación del concepto mediante el cual se valora a los aspirantes, ya que no será adjudicado en soledad por la Secretaría, sino que surgirá de los criterios que se enmarcan en la propia normativa que regula la carrera profesional. Haber reconocido que la adecuación de la propuesta al Plan Estratégico puede resultar confusa y equívoca en la medida que se ignora en qué sistema debe enmarcarse el hospital; y que resulta por lo tanto conveniente una monografía a ser aplicada en un hospital que cuente con un definido sistema de atención. Haber modificado los criterios discrecionales para la selección del jurado propuesto en el decreto, el cual ha sido revisado para conformarse de manera más directa a las orientaciones que están señaladas en la normativa de la Carrera Profesional. No se trata de cegarnos a los nuevos requerimientos en materia de planeamiento y gestión sanitaria, sino de sostener la práctica profesional en aquellos valores y principios que han sustentado al sistema de atención médica. Porque caminamos hacia el futuro, sostenidos por nuestra historia. Porque seguimos considerando que la salud es un bien público, no un bien sujeto a los caprichos aleatorios del mercado, y porque creemos que ello debe seguir marcando nuestro camino como Asociación de Médicos Municipales. Colegas: gracias por su pertinaz defensa de la salud pública. Teníamos razón, tenemos razón. La elocuencia de los hechos lo demuestra. ¨ |